El Estatuto de rentas zipaconés contempla impuestos para las actividades industriales (3.0 - 7.0) por mil, comerciales (3.5 - 5.0) por mil y de servicios (3.0 -5.5) por mil, para las personas que cuentan con bienes inmuebles según lo previsto en la ley 1819 de 2016. Sin embargo, no se tiene en cuenta que hay terrenos poco productivos y la apertura económica es precaria, razones por las cuales el campesino vende su cosecha a precio de regalo sin llegar a ganar el dinero necesario para cancelar el impuesto. Según esto, el recaudo en la zona rural es deficiente porque a pesar de tener actualizado el Estatuto de rentas, no se apartan condiciones especiales durante el cobro y los ciudadanos no se acercan a liquidar.
Así lo informo el Señor Juan Manuel Martha Gómez secretario de cultura, al manifestar que el criterio de exención en el Municipio supera el de contribución pues no hay políticas que promuevan el crecimiento del fisco municipal. Zipacón cuenta con exenciones a inmuebles o entidades públicas que presten servicios educativos, el salón comunal, la iglesia principal junto a las cristianas y a inmuebles declarados de interés cultural como lo es el Museo del disco "Carlos Pinzón" distinguido a nivel nacional e internacional.